Cuando se produce una ruptura, los abogados de familia en Santa Cruz de Tenerife establecen medidas sobre la custodia, manuntención o régimen de visitas para el progenitor si hay menores. Pero, en el caso de la hipoteca, ¿quién la paga?
La hipoteca es una de las principales consultas a los abogados de familia en Santa Cruz de Tenerife. La hipoteca debe pagarla el que se queda con el uso del hogar, el que es propietario o ambos, independientemente de quien viva en la casa y de la capacidad económica que tenga. Muchas veces el no saber quién debe pagarla da lugar a mayores problemas por impagos.
Las cargas del matrimonio deben establecerse en cada divorcio. En este caso, la ley no establece lo que son estas cargas, pero los juzgados suelen dictaminar que son los gastos que origina la vida en común. Será en esa sentencia cuando el juez dictamine todos los gastos que se deben repartir.
¿Se convierte entonces la hipoteca en una carga matrimonial? Las especificaciones que han establecido los juzgados son las siguientes:
- La hipoteca debe pagarse por la persona que permanece en el uso de la casa. Si luego hay un divorcio o una reconciliación, se deben realizar los cálculos correspondientes para saber quién ha pagado cada parte.
- La hipoteca debe ser pagada por ambos propietarios, pero dependiendo de las ganancias de ambos.
No obstante, el Tribunal Supremo, en el año 2011, estableció no considerar la hipoteca como carga, debiendo ser pagada a partes iguales por los propietarios, señalando dos tipos de gastos: los correspondientes al mantenimiento de la vivienda y los del pago de cuotas del préstamo hipotecario.
Por lo tanto, en caso de divorcio, la hipoteca corresponde al 50 %, y en el caso de impago se puede pedir el embargo de bienes del que no cumple.
Desde Pérez Córdoba Abogados te ayudamos con los problemas de hipoteca que surgen en un divorcio.