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Publicado: 22/08/2017
En el caso de que estés buscando un despacho jurídico en Santa Cruz de Tenerife para que te ayude en cuestiones laborales te aconsejamos que vengas al nuestro. Contamos con experiencia en ese ámbito del Derecho. Por eso vamos a hacer un alto en los despidos en nuestro país, para explicarte los diferentes tipos que pueden aplicar las empresas.
El despido disciplinario es aquel en el que el empresario pone fin al contrato por un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Las faltas que se pueden considerar de este tipo están recogidas en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores. Entre ellas hay que citar las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo; la desobediencia o la indisciplina; las ofensas verbales o físicas, la embriaguez o toxicomanía, o incluso el acoso.
Otra opción es el despido objetivo, que se produce cuando se extingue el contrato de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, que vienen recogidas en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.
Sobre el despido colectivo, el denominado ERE de extinción (Expediente de Regulación de Empleo) te hablaremos en una próxima entrada de nuestro blog con más detalle. Si consideras que has sufrido un despido improcedente y quieres recurrirlo, te aconsejamos que vengas a nuestro despacho. En Pérez Córdoba Abogados nos encargaremos de estudiar tu caso para explicarte las diferentes posibilidades de actuación.
Además, en nuestro despacho jurídico en Santa Cruz de Tenerife también nos encargamos de llevar diferentes asuntos de familia. Puedes consultarnos por nuestros servicios o consultar las tarifas que ofertamos sin ningún compromiso.