En un despacho jurídico de Santa Cruz de Tenerife se trabaja sobre diferentes temas del ámbito del derecho. Uno de ellos es el derecho de familia.
Por esta razón, un despacho jurídico de Santa Cruz de Tenerife lleva a cabo todos los procedimientos para hacer posible el hecho de adoptar.
Para comenzar, trataremos de explicarte qué es la adopción. Es un tipo de acto jurídico mediante el cual una persona adulta toma a un hijo ajeno como suyo. El objetivo es constituir con él una relación de padre e hijo con vínculos jurídicos parecidos a los que resultarían ser si sus padres fueran los biológicos.
Las personas que pueden ser adoptadas son los menores no emancipados y, excepcionalmente, los mayores de edad cuando estos hubiesen vivido una situación de acogimiento o convivencia.
Por otro lado, cabe destacar que las personas que pueden adoptar son padres solteros, matrimonios y parejas casadas que cumplan las condiciones legales estipuladas:
1. El adoptante debe ser mayor de 25 años.
2. Si una pareja de hecho decide adoptar, conviene que uno de los dos tenga la edad indicada.
3. En cualquier caso, la persona que adopta deberá tener 14 años más que la persona que se vaya a adoptar.
Una vez que se haya iniciado el procedimiento, la familia deberá presentar una solicitud a los Servicios de Protección de Menores de su localidad. En el momento en el que asignen a un menor, se procederá a formalizar el acogimiento familiar preadoptivo, donde el menor se integrará en la familia.
Más adelante, se presentará una propuesta de adopción por el organismo público, en la que el juez promulgará el auto de adopción para realizar la filiación en el Registro Civil.
Se trata de una práctica difícil. Por esta razón, en Pérez Córdoba Abogados contamos con especialistas que son capaces de asesorarte para tramitar todos tipo de procedimientos.